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Los argumentos para levantarle la sanción a Messi
Sábado, 6 de mayo de 2017
El ente mundial del fútbol argumentó que las “pruebas no eran suficientes”

Claudio Chiqui Tapia, Lionel Messi, Jorge Sampaoli y toda la Asociación del Fútbol Argentino celebran la decisión de la Comisión de Apelación de la Federación Internacional de Fútbol Asociación de levantarle el castigo al capitán de la Selección.

Aunque en un principio se lo sancionó con cuatro partidos (cumplió una fecha ante Bolivia, en la altura de La Paz) y una multa económica de 10.000 francos suizos, el futbolista finalmente podrá decir presente en lo que resta de las Eliminatorias Sudamericanas.

El abogado español Juan de Dios Crespo, contratado especialmente para este caso, fue quien se encargó de completar el descargo ayer ante el organismo rector del fútbol mundial. Los letrados pidieron que la FIFA revea la aplicación del artículo 57 (Ofensas al honor y deportividad), sobre todo porque en casos similares a éste se aplicó el artículo 49 del Código Disciplinario. Éste es por "conducta incorrecta frente a los oficiales de partido", que compone una sanción menor.

Entre los argumentos que esgrimió la Comisión de Apelaciones para quitarle la sanción a Messi expresaron que "las pruebas disponibles no eran suficientes para demostrar según los estándares adecuados —es decir, de manera completamente satisfactoria para los miembros de la Comisión de Apelación— la aplicabilidad del art. 77 a) del CDF, que permite a la Comisión Disciplinaria sancionar las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido".

QUÉ DICE EL ARTÍCULO 57 DEL CÓDIGO DISCIPLINARIO:

El que a través de palabras o gestos injuriosos, o por cualquier otro medio, ofenda el honor de una persona o contravenga a los principios de la deportividad o la moral deportiva, podrá ser sancionado conforme al art. 10 ss.


EL COMUNICADO DE LA COMISIÓN DE APELACIÓN DE LA FIFA:

La Comisión de Apelación de la FIFA ha aceptado el recurso interpuesto por la Asociación del Fútbol Argentino en nombre del jugador Lionel Messi para apelar la decisión adoptada por la Comisión Disciplinaria de la FIFA; en consecuencia, se han levantado las sanciones que se le habían impuesto.

Tras la audiencia que tuvo lugar en Zúrich el pasado 4 de mayo, la Comisión de Apelación ha rechazado la decisión emitida por la Comisión Disciplinaria el 28 de marzo de 2017, mediante la cual, en aplicación del artículo 77 a) del Código Disciplinario de la FIFA (CDF), se declaró a Lionel Messi culpable de infringir el artículo 57 del CDF al pronunciar palabras injuriosas contra un árbitro asistente.

Pese a que la Comisión de Apelación de la FIFA consideró reprochable la conducta del jugador Lionel Messi en dicho incidente, la misma determinó a su vez que las pruebas disponibles no eran suficientes para demostrar según los estándares adecuados —es decir, de manera completamente satisfactoria para los miembros de la Comisión de Apelación— la aplicabilidad del art. 77 a) del CDF, que permite a la Comisión Disciplinaria sancionar las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido.

En este sentido, la Comisión de Apelación recuerda que el respeto hacia los oficiales de partido es esencial y ha de ser una constante en el fútbol, por lo que cualquier actitud contraria al principio del juego limpio o a la deportividad ha de ser rechazada.

En virtud de dicha decisión, se han retirado tanto la suspensión por partidos que entró en vigor el pasado 28 de marzo, como la multa de 10.000 CHF impuestas a Lionel Messi.


     
 
 

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